OPINIÓN
La polémica elección de Pueyrredón como diputado por San Luis al Congreso de Tucumán
Por Guillermo Genini (*)
El Archivo Histórico de San Luis guarda valiosos documentos que pueden ayudar a comprender determinados procesos históricos que generalmente son poco conocidos por el público, pese a que han sido abordados por la historiografía. Tal vez uno de ellos dentro de la historia de San Luis sea la elección de Juan Martín de Pueyrredón a mediados de 1815 como diputado por San Luís al Congreso General que se reuniría en Tucumán.
La situación en las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1815 era compleja y se encontraba en crisis. En abril de ese año se había producido una rebelión de grandes proporciones contra del director Supremo Carlos María de Alvear. En esta rebelión tuvo una participación decisiva la recientemente creada Gobernación Intendencia de Cuyo, que apoyó políticamente al Gobernador Intendente José de San Martín y resistió su reemplazo. Como resultado de estos movimientos, el nuevo Gobierno convocó a un Congreso General que, para evitar la resistencia que había creado el predomino centralista de Buenos Aires, se decidió reunirlo en Tucumán al amparo del Ejército Auxiliar del Perú.
En el caso de San Luis, su Cabildo había adherido a la nueva situación política, apoyando a San Martín, rechazando la renuncia presentada por su teniente Gobernador Vicente Dupuy y aceptado el Estatuto Provisorio dictado por la Junta de Observaciones de Buenos Aires. Según Gez, estas decisiones eran parte de un acuerdo que debía asegurar a San Luis la libre elección del diputado al Congreso General. Esta aspiración se asentaba en las novedades propuestas por el nuevo Estatuto: incorporación de la campaña al proceso eleccionario y representación proporcional al Congreso según la población. De esta manera, la ciudad de San Luis y su jurisdicción se aprestaba a un acto eleccionario supuestamente renovado y ampliado, que presagiaba una gran participación popular, aunque mantenía el mecanismo indirecto.
Sin embargo, las mismas circunstancias que fortalecieron a San Martín en Cuyo actuarían en contra de la libertad pretendida por algunos puntanos. En San Luis se encontraba desterrado desde comienzos de 1813 Juan Martín de Pueyrredón, quien en dos entrevistas con San Martín habían logrado saldar viejas rivalidades y acordaron trabajar juntos para influir en el futuro de la revolución. En febrero de 1815 Pueyrredón fue llamado a Buenos Aires por el Director Alvear, hecho que fue considerado como una reivindicación a su figura. Pese a su alejamiento, Pueyrredón había construido lazos más profundos con San Luis. En la ciudad había realizados diversas inversiones comerciales e inmobiliarias y cuando partió, permaneció en ella parte de su familia, entre la que se destacó su hermano José Cipriano.
Como parte de los mecanismos previstos por el Estatuto de 1815 se debía realizar la elección indirecta de los diputados al Congreso General según la población de cada jurisdicción: correspondía un elector por cada 5.000 habitantes y un diputado por cada 15.000 habitantes. Según el resultado del Padrón General de 1812, quedaba claro que para Cuyo debía elegirse un diputado por San Luis y dos por Mendoza, quedando en San Juan la duda si debían ser uno o dos. La elección era indirecta, es decir que primero en cada jurisdicción debían concurrir los vecinos-ciudadanos de la ciudad y de la campaña para elegir los electores. Luego, los electores tenían que reunirse en la capital intendencial para que, a mayoría de votos, elegir a los diputados.
En Mendoza, que no ratificó el Estatuto Provisorio de 1815, San Martín logró elegir a dos de sus partidarios, Tomás Godoy Cruz y Juan Agustín Maza, quienes serían su voz en el Congreso procurando una rápida declaración de la Independencia. En San Juan se eligió primero a Fray Justo Santamaría de Oro, prestigioso eclesiástico de vastos conocimientos, y posteriormente a Francisco Narciso Laprida, abogado de clara filiación sanmartiniana. Sin embargo, en estas elecciones se actuó al margen de lo establecido por el Estatuto de 1815, lo que indica el interés particular que tuvo San Martín de asegurarse de manera directa, rápida y sencilla una representación adicta, con una legalidad debatible emanada en parte de su propia autoridad.
En el caso de San Luis, la situación fue diferente pues había jurado el Estatuto Provisorio y debía regirse por el mecanismo previsto en él. Para controlar esta elección, San Martín contó con el decidido accionar de Dupuy, quien había logrado el apoyo de una parte de los sectores propietarios. Pese a ello, pronto se formó un importante sector opositor que pretendía ejercer sus derechos en la elección de diputado. Entre este grupo se contaban Lucas Ortiz, Dionisio Peñalosa, Juan Escalante, Tomás Baras y Rafael de la Peña, importantes figuras del comercio, de la administración y del Cabildo local, a los que hay que sumar a otros notables como Marcelino Poblet, Santiago Funes y José Santos Ortiz. Pese a ello, Dupuy organizó una elección de manera que se asegurara un resultado favorable a San Martín.
En Archivo Histórico se halla un documento (AHSL, Caja 18, doc 2255) de gran significación que nos sugiere la forma en que se realizaron estas maniobras. En un acta del Cabildo de San Luis del 1 de junio de 1815, bajo la extraordinaria presidencia del propio Dupuy, puede leerse:
“[f. 1 v.]En la ciudad de San Luis a primero de junio de mil ochocientos quince. Reunido este Ilustre Cabildo, en consorcio de su Presidente el Señor Teniente Gobernador para tratar de la forma que se debe adaptar para la celebridad de la Asamblea en que se han de nombrar a los electores que deben caminar a la Capital de la Provincia al nombramiento de Diputados siendo tan urgente la reunión del Congreso que no admite demora según la expresión del oficio de diez y siete de Mayo próximo pasado dirigido por el Superior Gobierno al Señor Teniente Gobernador y este Ilustre Ayuntamiento con el fin de fijar del modo más legal y solemne el destino de las Provincias y por lo tanto muy difícil conciliar con la celeridad con la que se exige la convocatoria general de la Campaña por ser su extensión muy considerable, ni formar el registro público de los dos libros en que se deben inscribir indispensablemente los nombres de todos los ciudadanos con expresión de su edad y origen, o los que se hallen privados y suspensos de este derecho con arreglo al capítulo primero, de la sección 5° conforme con lo dispuesto por el articulo 11 capítulo 3° de la sección 5°, se acordó por ahora recibir los sufragios en general bajo la normas, y las restricciones señaladas en los siguientes artículos del expresado en el capítulo 3° así de los vecinos de la campaña que se hallan en la ciudad y han concurrido en bastante número a la celebración [f. 1 r.] de nuestro augusto y memorable aniversario del veinte y cinco de Mayo, como de todos los habitantes de ella encargándose a la Comisión /¿promovida?/ para la recepción de votos con escrupulosidad de no admitir al acto a los que expresamente se determinan excluidos, y que al número de electores debía ser al menos, de tres en atención a corresponder con arreglo al artículo 3° capítulo 2 en la sección 5° uno por cada 5.000 habitantes en la Provincia que llega en su población a 16 mil ochocientos, setenta y ocho, según el Padrón General mandado formar por orden del Superior Gobierno de las Provincia del 17 de diciembre de mil ocho cientos once que se practicó en el siguiente de mil ochocientos doce sin perjuicio de llevar adelante a cumplido efecto las referidas superiores determinaciones; en cuanto a las formalidades descriptas, y demás prevenido que no ha sido posible en las circunstancias. Y lo cerramos por nos y ante nos a falta de Escribano de que damos fe. Por nos y ante nos Vicente Dupuy José Justo Gatica Nicolas de Quiroga Juan Adaro Thomas Luis Osorio Esteban Adaro Juan Alejandro Sosa Juan José Vilches"
Según se desprende del acta, el registro previo de posibles votantes y la convocatoria general de la campaña fue sustituida por una elección que debía aprovechar que varios vecinos de la campaña de la jurisdicción puntana estaban en la ciudad por haber asistido a las celebraciones del inicio de la Revolución. Bajo la excusa de la urgencia de la elección se desvirtuaba la disposición del Estatuto que tendía a asegurar una mayor concurrencia a la elección. Ello implicó, de hecho, una limitación del derecho a elegir de los numerosos vecinos puntanos que vivían en sus estancias, pueblos, postas y campos. De igual manera quedó a la libre interpretación de la Comisión encargada de recepcionar los votos la condición de quienes “se hallen privados y suspensos de este derecho”. Como ya lo señaló Víctor Saá en su meduloso estudio de 1971, queda claro que no hubo convocatoria, hecho que por sí mismo invalidada todo el proceso eleccionario.
Este dispositivo se completó pocas horas después con la designación de la Comisión, de la fecha, forma y lugar del comicio. La Comisión receptora estuvo integrada por vecinos de la ciudad cercanos a la figura de Dupuy: Agustín Palma, Esteban Fernández y Francisco de Paula Lucero. Se determinó que la elección fuera el 3 de junio, es decir, dos días después de tomada la decisión de cambiar la forma de realizar la votación. El lugar designado para recepción de votos fue la casa de Tomás Luis Osorio, domicilio que servía de residencia al propio Dupuy. Finalmente, la Comisión recepcionó los votos dentro de la casa uno por uno, es decir evitando el pronunciamiento público del votante.
El resultado quedó asegurado para la facción oficial dominante pues fueron elegidos como electores el Capitán José Cipriano Pueyrredón, Tomás Luis Osorio y el Padre Benito Lucio Lucero. El grupo opositor, denominado “díscolo”, “artiguista” o “federal” por la historiografía tradicional puntana, protestó e impugnó el acto eleccionario denunciando que se habían cometido numerosas y gruesas maniobras, arbitrariedades y presiones, hechos que invalidaban su resultado. Pese a que protestaron frente al mismo Cabildo (Dionisio Peñaloza era el Síndico Procurador de la ciudad), el mismo rechazó la suspensión de los electores y elevó el expediente para que lo resolviera el Gobernador Intendente. San Martín sometió la cuestión al dictamen de su asesor letrado, Amite Sarobe, quien descartó rápidamente las acusaciones y aconsejó que se aceptase la elección. Este asesor también aconsejó lo mismo en la elección de Laprida en San Juan, pese a que no se convocó como se debía a los vecinos de la campaña.
Así, bajo el argumento, entre otros, que San Luis no contaba con los fondos necesarios para solventar el viaje y la estadía de un diputado propio (para tener referencia, el Cabildo de San Juan destinó mil pesos a cada diputado como dieta), se eligió a Juan Martín de Pueyrredón, quien ya residía de nuevo en Buenos Aires, como Diputado por San Luis.
Si bien San Martín debía estar satisfecho con las elecciones logradas en Cuyo, que le otorgaba una representación sólida en el Congreso General, ya sea por la proyección de los reclamos en Buenos Aires o por sincera convicción, Pueyrredón puso en duda su propia designación. Gez sostiene que la denuncia de los vicios y arbitrariedades ocurridos en San Luis, entre ellos el escándalo de haber sido nombrado por su propio hermano como elector, llegó a Buenos Aires, lo que originó la renuncia de Pueyrredón como diputado por San Luis.
Esta delicada cuestión se saldó con una nueva representación dirigida el 25 de septiembre de 1815 al Cabildo de San Luis (AHSL, caja 18, doc. 2286) que pedía rechazar la renuncia de Pueyrredón y denunciaba a “estos ingratos de su suelo y enemigos implacables de la tranquilidad y bien público”. En esta ocasión aparecieron las firmas de un gran número de Alcaldes de Hermanad, Alcaldes de Barrio, oficiales de milicias, incluso las de Dionisio Peñaloza y Rafael de la Peña, junto a otros vecinos de la ciudad y de la campaña. Esta manifestación parecería estar diseñada para demostrar ante las autoridades del gobierno central el apoyo real que tenía Pueyrredón, quien, en base a esta legitimación, aceptó finalmente representar a San Luis.
El complejo y cuestionable proceso de la elección de Pueyrredón puede ser analizado en vista de los acontecimientos que se sucedieron poco después, fundamentalmente su designación como nuevo Director Supremo por parte del Congreso General el 3 de mayo de 1816, lo que privó a San Luis de su diputado al momento de declararse la Independencia el 9 de julio de ese año. Una alternativa posible, que debe ser estudiada con mayor profundidad, implica que San Martín sacrificó la representación puntana (Mendoza y San Juan tuvieron diputados propios nacidos en su jurisdicción) para que uno de sus más importantes partidarios alcanzase la máxima jefatura del Estado revolucionario y lograr así concretar sus objetivos políticos y estratégicos. Para este propósito se valió de la inestimable acción y capacidad de Dupuy, quien utilizó todos los medios a su alcance para lograr la elección de Pueyrredón.
(*) integrante del Colectivo Historiadores de San Luis
Fuentes y bibliografía
-ARCHIVO HISTÓRICO DE SAN LUIS, Fondo Documentación Oficial, Caja 18, documentos 2254 a 2286.
-AROCA, María Celeste, El papel de los diputados cuyanos en el Congreso de Tucumán, en Revista de Historia americana y argentina, Vol.52, N° 2. Mendoza, octubre de 2017.
-GAMMALSSON, Hialmar Edmundo, Juan Martín de Pueyrredón. Buenos Aires, Goncourt, 1968.
-GEZ, Juan W., Historia de San Luis, tomo 1. Buenos Aires, Weiss y Preusche, 1916.
-SAÁ, Víctor, Elección del Coronel Mayor Juan Martín de Pueyrredón como diputado por San Luis al soberano congreso de la independencia reunido en Tucumán, en Boletín de la Junta de Historia de San Luis, N° 3. San Luis, La Papelera puntana, 1971.
-VERA, Melody Celeste, “Y San Luis obediente respondía”. Los terratenientes de la ciudad de San Luis y el Plan Sanmartiniano (1814- 1829), en Revista Kimun, Año 1 N° 1. San Luis, septiembre- diciembre de 2015.